Calculo de compensación por exceso horario:

Horas realizadas en exceso horario

3.5.4 a) Horas de exceso entre las 6:00 y las 22:00 de lunes a viernes laborable y desde las 6:00 a las 15:00 de sábado no festivo
horas minutos
3.5.4. b) Horas de exceso entre las 22:00 y las 6:00 de lunes a sabado laborable
horas minutos
3.5.4. c) Horas de exceso entre las 15:00 del sábado hasta las 24:00 del domingo y desde las 00:00 hasta las 24:00 de día festivo
horas minutos
7.3 Horas de exceso realizadas localizadas fuera del horario (se contabiliza como tiempo PRESENCIAL (y no en este apartado) el tiempo desde el momento en que es requerido hasta que se haya completado el regreso a su domicilio o lugar en el que se encontrase)
horas minutos
ALTERNATIVA SINDICAL DE POLICIA
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